| SUBVENCIONES
PARA LA CONTRATACIÓN
Tipos de Contratos
Características y Subvenciones
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 | contrato de trabajo ordinario por
tiempo indefinido
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Adquieren
la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la
modalidad de contratación , los que no hubieran sido dados de alta en
S.S. transcurrido el plazo para el que se hubiera fijado el
período de prueba. La extinción de este tipo de contratos supone la
indemnización de 33 días de salario por año de servicio.
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 | contrato de trabajo para el fomento
de la contratación indefinida
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Para
jóvenes de 18 a 29 años (ambos inclusive), parados de larga duración
(1 año como demandantes de empleo), mayores de 45 años, minusválidos,
trabajadores que estaban contratados en la empresa mediante contrato
temporal o de duración determinada incluidos algunos contratos
formativos. Subvenciones: Reducción de cuotas
empresariales a la Seguridad Social.
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 | contrato de trabajo indefinido para jóvenes
trabajadores menores de 30 años
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El
trabajador no debe haber estado contratado por la empresa en los 24
meses anteriores. Subvenciones: Durante 24 meses una
reducción de la cuota empresarial de la S.S por contingencias comunes
del 20%. Si se contratan mujeres una reducción del 25%
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 | contrato de trabajo indefinido para
trabajadores parados de larga duración.
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Para
desempleados inscritos ininterrumpidamente en el INEM como mínimo de un
año. El trabajador no debe haber estado contratado por la empresa en
los 24 meses anteriores. Subvenciones: Durante 24 meses
desde la contratación una bonificación de la cuota empresarial de S.S.
por contingencias comunes del 50% durante el primer año y del 45%
durante el 2º. Si se contratan mujeres una reducción del 60% para el
primer año y del 55% para el 2º
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 | contrato de trabajo indefinido para
mujeres desempleadas de larga duración en profesiones con menor índice
de empleo femenino. |
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El
trabajador no debe haber estado contratado por la empresa en los 24
meses anteriores. Subvenciones: Durante 24 meses desde la
contratación una bonificación en la cuota empresarial de la S.S por
contingencias comunes del a)60% durante el primer año y 55%
durante el 2º si se contrata una mujer desempleada de larga duración o
mayor de 45 años b)35% durante el primer año y 30% durante el
2º si no reune alguno de los requisitos del punto a).
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 | contrato de trabajo indefinido para
trabajadores mayores de 45 años.
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El
trabajador no debe haber estado contratado por la empresa en los 24
meses anteriores. Subvenciones: Durante la vigencia del
contrato una bonificación en la cuota empresarial de la S.S por
contingencias comunes del 50% durante el primer año y del 45% durante
el resto de vigencia. En el caso de que se contraten mujeres mayores de
45 años, las bonificaciones son del 60% durante el primer año y del
55% el resto de vigencia del contrato.
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 | contrato de trabajo indefinido para
perceptores del subsidio por desempleo en favor de trabajadores
incluidos en el REA de la S.S.
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Para
perceptores del subsidio por desempleo en favor de trabajadores
incluidos en el REA, siempre que sean jóvenes menores de 30 años o
mayores de 45, desempleados inscritos en el INEM durante más de un año
ininterrumpido, mujeres desempleadas. Subvenciones: Bonificación durante 24 meses desde la fecha de contratación del 90%
durante el primer año de vigencia del contrato y del 85% durante el
segundo.
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 | contrato de trabajo indefinido
realizado por trabajadores autónomos que contraten su primer
trabajador
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Para
desempleados de larga duración, jóvenes menores de 30 años o mayores
de 45, mujeres desempleadas para trabajar en ocupaciones con menor índice
de empleo femenino. El trabajador no debe haber estado contratado por la
empresa en los 24 meses anteriores. Subvenciones: Durante
24 meses desde la contratación una bonificación en la cuota
empresarial de la S.S por contingencias comunes del a)60% durante
el primer año y 55% durante el 2º si se contrata un mayor de 45 años
o un parado de larga duración b)35% durante el primer año y 30%
durante el 2º si el trabajador contratado menor de 30 años o mujer
menor de 45 años y que no sea parada de larga duración.
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 | contrato de trabajo indefinido o
temporal para desempleados en situación de exclusión social
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Para
desempleados perceptores de rentas mínimas o cualquier otra prestación
de igual o similar naturaleza, jóvenes mayores de 18 años y menores de
30 procedentes de instituciones de protección de menores, personas con
problemas de drogadicción o alcoholismo en procesos de rehabilitación
o inserción social, internos en centros penitenciarios así como en
libertad condicional y ex reclusos. Subvenciones: Una
bonificación de la cuota empresarial de S.S. por contingencias comunes
del 65% durante la vigencia del contrato y con un período máximo de 24
meses.
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 | transformación en indefinidos de
contratos temporales con incentivos
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Trabajadores
con contrato de aprendizaje, prácticas, formación o relevo en vigor el
1/1/2000. Subvenciones: bonificación del 20% durante el
período de 24 meses siguientes al inicio del contrato.
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El
trabajador debe ser mayor de 16 años y menor de 21. No debe tener la
titulación necesaria para formalizar un contrato en prácticas. No
haber sido contratado bajo esta modalidad de contrato durante más de
dos años. La duración del contrato debe estar comprendida en tre 6 y
24 meses (excepcionalmente 36 meses). Subvenciones: la
cotización de trabajadores que hubieren celebrado el contrato de
formación o aprendizaje con posterioridad al 17/05/97 será así:
a) Cotización a S.S. será una cuota
única mensual de: contratos de formación (4760 Ptas. por contingencias
comunes, 3969 a cargo del empresario y 791 a cargo del trabajador),
contratos de aprendizaje (3885 Ptas., por contingencias comunes, 3240 a
cargo del empresario y 645 a cargo del trabajador), en ambas modalidades
las contingencias profesionales serán de 546 Ptas. a cargo del
empresario. b) Cuota mensual del Fondo Garantía
Social será de 304 Ptas. a cargo del empresario c) La cotización por Formación
Profesional es de 168 Ptas., de las que 145 son a cargo del empresario. |
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Son
títulos profesionales habilitantes para celebrar el contrato los de
Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto técnico, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto o técnico superior de FP. Que no hayan
transcurrido mas de 4 años desde la terminación de sus estudios. Subvenciones:
Las transformaciones en contratos indefinidos.
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 | contrato por obra o servicio
determinado
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 | eventual por circunstancias de la
producción
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 | contrato de interinidad
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 | contrato de interinidad para
sustituir a trabajadores durante periodos de descanso por
maternidad con bonificación de las cuotas de la S.S.
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Subvenciones: Bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la S.S. La
duración máxima de las bonificaciones coincidirá con la de los
períodos de descanso de los Trabajadores.
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 | contrato de interinidad para
sustituir al trabajador que este en situación de excedencia por
cuidado de familiares con reducción de cuotas a la S.S. |
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Subvenciones: Tendrán derecho a una reducción en las cotizaciones empresariales a la
S.S. por contingencias comunes cuando dichos contratos se celebren con
perceptores de desempleo que lleven más de un año como tales: a) 95%
durante el primer año de excedencia del trabajador b)60% durante el 2º c)50% durante el 3º
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Cuando
el contrato suponga una jornada inferior al 77% del la jornada a tiempo
completo establecida en el Convenio colectivo de aplicación. Subvenciones: Bonificación desde la fecha de contratación de la cuota empresarial de
la Seguridad Social por contingencias comunes previstas para cada uno de
los cuadros correspondientes a la contratación de cada colectivo a
tiempo completo, aplicándoles la proporción correspondiente en
función del tiempo efectivo trabajado. si el trabajador es joven
desempleado menor de 30 años, parado de larga duración, mujeres
desempleadas en profesiones y ocupaciones con menor índice de empleo
femenino, desempleados mayores de 45 años, perceptores de subsidio por
desempleo, contrato de trabajo indefinido realizado por trabajadores
autónomos que contraten su primer trabajado, desempleados en situación
de exclusión social.
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Para
un trabajador inscrito como desempleado para sustituir al trabajador que
accede a la jubilación parcial. La duración del contrato será igual
al tiempo que le falte al trabajador para alcanzar la jubilación
ordinaria. Subvenciones: Podrán acogerse a las
bonificaciones por transformación en contratos indefinidos.
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 | Contratación indefinida para minusválidos
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Para
minusválidos reconocidos y inscritos en la oficina de empleo. Subvenciones: 650.000 ptas, por cada contrato celebrado a tiempo completo. Y la
proporción correspondiente si es a tiempo parcial. Bonificación de las
cuotas empresariales de la S.S. durante toda la duración del contrato
en: 70% por cada trabajador menor de 45 años, y 90% si es mayor de 45
años. Subvención para adaptación de los puestos de trabajo o
dotación de medios de protección personal hasta 150.000 ptas.
Deducción de la cuota íntegra del impuesto sobre sociedades en 800.000
ptas. por cada año de incremento del promedio de plantilla de
trabajadores minusválidos respecto de la plantilla del año
inmediatamente anterior.
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 | contratación temporal para
trabajadores minusválidos
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No
deben haber estado contratados en la misma empresa con anterioridad al
1/1/99. El contrato tendrá una duración de entre 12 meses y 3 años y
a jornada completa. Subvenciones: Reducción del 75% de la
cuota empresarial a la S.S por contingencias comunes durante la vigencia
del contrato. Si es el primer trabajador de plantilla desde el 1/1/99 la
reducción es del 100%. La extinción del contrato supone la
indemnización de 12 días de salario por año de servicio.
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 | contrato de formación para minusválidos
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No
existe edad límite, no debe tener la titulación necesaria para
formalizar el contrato en prácticas, debe ser minusválido reconocido.
El tiempo dedicado a la formación teórica no deberá ser inferior al
15% de la jornada máxima prevista. La jornada será a tiempo completo. Subvenciones: La cotización a la Seguridad Social será del 50% de las cuotas
empresariales de la Seguridad Social previstas para los contratos de
formación.
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 | contrato en prácticas para
minusválidos
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Para
minusválidos reconocidos, que no hayan transcurrido más de 6 años
desde la terminación de los estudios. Subvenciones: Las
empresas tendrán derecho a una reducción durante la duración del
contrato del 50% de la cuota empresarial de la S.S. por contingencias
comunes (siempre que el contrato se celebre a tiempo completo).
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 | contrato de trabajo por jubilación
anticipada
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 | Contrato de trabajo a domicilio
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 | Contrato de trabajo en grupo
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